Nuevos puntos de la Opinión de Cumplimiento Fiscal.
Los saludamos nuevamente con un tema muy importante, ya que en sesiones pasadas habíamos platicado acerca de los nuevos puntos que incluiría la opinión de cumplimiento.
Bueno pues el día 22 DE JULIO entro en vigor, la nueva opinión tendrá lo siguiente:
1.- Que el contribuyente esté localizado
2.- Que no se encuentre publicado en los listados de 69B (Te permite conocer si para el SAT algún contribuyente se ubica en la presunción de llevar a cabo operaciones inexistentes a través de la emisión de facturas o comprobantes fiscales.)
https://www.sat.gob.mx/consultas/76674/consulta-la-relacion-de-contribuyentes-con-operaciones-presuntamente-inexistentes
3.- Que no hubiese declarado en ceros cuando expidió CFDI de ingresos y estos estén vigentes.
Por lo anterior a partir del día de ayer 22 de julio la opinión de cumplimiento se emitirá únicamente con el formato MAT 32D, con la firma electrónica del contribuyente.
Mayor control y mayor información es con la que cuenta el SAT para poner candados digitales para realizar actividades fuera de la ley, es importante tener en cuenta este tipo de requisitos para poder y trámites para estar al día en cuanto a requisitos y trámites a realizar o revisar por parte de tu depto. de contabilidad.